La Corte Suprema de Canadá resolvió que las direcciones IP están protegidas por la Constitución al tratarse de información privada del titular.

La autoridad jurisdiccional canadiense determinó que la IP es un vínculo crucial entre el usuario y su actividad en línea, en un “mundo abrumadoramente digital”.

Consideró que el artículo 8 de la Constitución “garantiza el derecho a protegerse en contra registros o incautaciones abusivas”.

“Su objetivo principal es la protección de la privacidad, incluida la privacidad de la información, es decir, el derecho de los individuos, grupos o instituciones a determinar por sí mismos cuándo, cómo y en qué medida la información sobre ellos se comunica a otros”, determinó.

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