La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) conoció de siete medidas cautelares, cuatro por posible Violencia Política en contra de las Mujeres en Razón de Género (VPMRG), tres por el probable uso indebido de la pauta, actos anticipados de campaña y violación a los principios de imparcialidad y equidad en el marco del Proceso Electoral Federal 2023-2024, respectivamente, así como una solicitud de prórroga de cumplimiento de medida cautelar.

No procede retiro de publicaciones de la red social de candidata

El Partido de la Revolución Democrática (PRD), denunció a diversos funcionarios públicos, a una candidata a la Presidencia de la República, así como a los partidos MORENA, del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM), por las publicaciones de una conferencia de prensa en la red social X y la plataforma digital TikTok, en la que, a decir del quejoso, contiene expresiones que podría constituir vulneración a la veda electoral del periodo de intercampaña.

La Comisión concluyó improcedente ordenar el retiro de los materiales denunciados, pues no se actualiza el peligro en la demora que ponga en riesgo inminente a los principios rectores de la materia electoral debido a que actualmente se está en la etapa de campaña, misma que inició el 1 de marzo de 2024.

Comisión ordena modificar o eliminar contenido de la “mañanera” del 21 de marzo por probable difusión de propaganda gubernamental

El representante del Partido Acción Nacional (PAN), ante el Consejo Local de Oaxaca, denunció al Titular del Ejecutivo Federal por las manifestaciones realizadas en la conferencia de prensa matutina conocida como “mañanera” celebrada el 21 de marzo de 2024 pues, a decir del quejoso, se trata de propaganda gubernamental, lo cual vulnera los artículos 41 y 134 constitucionales.

La Comisión resolvió que es procedente la medida cautelar solicitada porque, bajo la apariencia del buen derecho, se trata de manifestaciones que podrían constituir logros o acciones de gobierno, así como los programas sociales que se han implementado, lo cual en esta etapa del Proceso Electoral Federal (campaña) se encuentra prohibido por la normativa constitucional y legal.

Por esta razón el mandatario federal deberá realizar las acciones, trámites y gestiones necesarias para eliminaro modificarlos archivos de la conferencia de fecha21 de marzo.

Además, se consideró procedente el dictado de medidas cautelares, bajo la vertiente de tutela preventiva, a fin de que el Presidente de la República se abstenga, bajo cualquier modalidad o formato, de realizar manifestaciones, emitir comentarios, opiniones, o señalamientos relacionados con logros, acciones o programas de gobierno, así como difundir propaganda gubernamental que no se ubique en las excepciones constitucionales y legales.

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